El procedimiento para certificación médica dentro de su programa de trabajo seguro en alturass, para nivel Intrmedio y avanzado, busca:
La resolución 3673 de 2008 , en su artículo 5, respecto a los criterios de exclusión por razones de salud que se deben verificar en los trabajadores que deben realizar trabajos en alturas, y que son patologías metabólicas , cardiovasculares, mentales, neurológicas, que generen vértigo o mareo, alteraciones del equilibrio, de la conciencia , de la audición que comprometan bandas conversacionales, ceguera temporales o permanentes , alteraciones de la agudeza visual o percepción del color y de profundidad, que no puedan ser corregidas con tratamiento y alteraciones de comportamientos en alturas tales como fobias. Igualmente se tendrá en cuenta el índice de masa corporal y el peso del trabajador.
El examen es realizado por Médico especialista en ¨Salud Ocupacional , con conocimiento y experiencia en trabajo en alturas. Se valorarán los exámenes de laboratorio los resultados de la Optometría , la Audiometría , se raliza la determinación del nivel de acondicionamineto físico. Pruebas de vértigo, examen osteoarticular, Cardiovascular y Circulatorio, Sistema Respiratorio, entre otros aspectos.
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